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sábado, 19 de enero de 2013

Objetivos de la Empresa Pública /Empresa Privada

Me encantaría poder continuar con la entrada anterior, pero no, hoy no va a ser el día.

Sin dejar de pensar en las personas y en su papel dentro de las organizaciones, se me ocurre tratar el tema desde una perspectiva lúdica. (al menos a mí me lo parece)

¿Qué pasaría si alguien me propusiera que es necesario viajar a  tres países distintos para ver cómo se organizan las personas dentro de las empresas? 
De repente, por supuesto, me quedaría bloqueada.....eso de viajar siempre me ha encantado y si además puedo disfrutar viendo de primera mano cómo se organizan o desorganizan las personas en otros países, sería como un regalo.

El interrogante sería , sin duda, el siguiente ¿hablamos de Empresas Públicas o Privadas? - No por nada, sino porque, en principio, los objetivos que persiguen unas y otras son muy diferentes. Sin embargo, entiendo que la organización de las personas que están dentro de cada una de ellas, no debería ser muy distinta; al fin y al cabo, el trabajador privado debe trabajar para que su empresa tenga el máximo de beneficios,  y a ser posible, ofrecer servicios de calidad . El  empleado público debe trabajar para que los ciudadanos tengan el máximo de calidad en los servicios que reciben.....¿y qué pasa con los beneficios....?

Me atrevo a decir que  es la gestión de las personas  ( y, cómo no,  de los recursos materiales) lo que nos puede llevar al éxito o al fracaso en uno u otro caso. 

Ahí van mis conclusiones, después de esta breve reflexión:
Primera: Creo que me iria de viaje donde fuera,  independientemente del tipo de Empresa que tuviera que estudiar . Hace un mes que no viajo más que para ir al trabajo y me va faltando algo :)
Segunda:  Cuando los beneficios "no son de nadie" - a mí me gusta pensar más bien que son de todos- la gestion de las personas no ocupa siempre el plano que debiera......

¿Cuándo nos convenceremos de que el dinero público es de todos?

Hasta otra


miércoles, 16 de enero de 2013

Jornada, Permisos y Licencias de los funcionarios locales en la Comunidad Valenciana

Después de varios días dedicada al tema del sistema de fuentes, al esclarecimiento de dudas en cuanto a la normativa aplicable al personal funcionario y laboral en la Administracion Local (en el ámbito de la Comunidad Valenciana), acabo de dar con algo que me ha dado un poco de luz, aunque reconozco que me faltaría algo más para convencerme del todo.

Para no cansar con argumentos jurídicos de difícl comprension y cumpliendo el compromiso de mi anterior post os voy a resumir brevemente el camino de mis reflexiones y estudios para ofrecer una conclusión que me encontrado por casualidad, pero a la que yo no habría llegado tan directamente.

Como sabéis, desde que el año pasado comenzaron los recortes, no solo retributivos sino también en cuanto a derechos individuales de los funcionarios públicos y, por empatía, de los empleados públicos (resto de personal al servicio de la Administracion) muchas son las dudas que han surgido en torno a la aplicacion de ciertos recortes a la Adminsitración Local.

Parece que, atendiendo a la normativa aplicable hay algo claro: En cuanto a jornada laboral, acudiremos a la legislacion básica estatal, pero ¿qué pasa con los permisos y licencias? ¿podemos ir cogiendo de aquí y de allá lo que más nos guste? ¿Es la ley estatal o la autonómica la que hemos de aplicar? 

Ya sobre el tema sí es cierto que el TS se pronunció, concretamente en una sentencia muy interesante de 7 de diciembre de 2010, (Sala cuarta de lo Social, rec. 4318/2009) afirmando que no podíamos acudir a la "técnica del espigueo". 

En cuanto a los permisos y licencias, parece haber consenso en que hemos de acudir a la normativa autonómica, al menos parece que esto se deduce del artículo  142 del TRRL. Acudo  a la  legislación autonómica valenciana y  observo que efectivamente se ha desarrollado.

El Decreto 175/2006, que regula las condiciones de trabajo del personal al servicio del Consell, lleva a cabo esa tarea, pero el título ya me confunde " condiciones de trabajo del personal al serviico del Consell.". 
Si este es el ámbito de aplicación, podríamos planterarnos que no se aplica a la Administración Local, ¿verdad? Sin embargo, parece ser que la solución que se da desde la Dirección General de la Administración Local no es esa. El reciente Decreto 68/2012 que ha modificado el anterior, no ha cambiado su ámbito de aplicacíon, aunque ha tenido la oportunidad de hacerlo. Sin embargo, parece ser que hemos de aplicarlo.

Os copio el enlace donde podeís confirmar lo que os digo

En fin....que salvo que alguien argumente otra cosa, debemos aplicar rigurosamente este Decreto, aunque yo siga preguntándome ¿el Consell no es el órgano de Gobierno de la Generalitat Valenciana?......

sábado, 12 de enero de 2013

Disposiciones legales y entretenimiento: Complicado reto

Si me detengo unos minutos e intento poner en orden el montón de disposiciones  legales que desde mi última entrada han sido publicadas, reconozco que soy incapaz de recordar todas ellas. Sin embargo, como leí recientemente (aunque no sé muy bien dónde) lo importante no es recordar todo sino recordar dónde mirarlo. Afortunadamente eso es relativamente sencillo.

Sigo dándole vueltas a la idea de que mi Blog debe ser algo diferente, pero no consigo que la inspiración me aclare cómo apoderarme de esa diferencia. Imagino que tiene que ver con eso que ahora todo el mundo llama tener "valor añadido". A mí sinceramente, eso del valor añadido me recuerda más bien al impuesto; igual que a todos imagino.

Me animo a publicar esta reflexión después de haber conocido, aunque solo virtualmente y a través de su libro, a la Doctora Jomeini. Era el impulso que me faltaba para ponerme manos a la obra. Debería ser obligatorio e incluso prescrito por un médico como obligatorio el dedicar un tiempo, aunque sea poco, a hacer lo que a cada uno nos gusta. En ello estoy.......

Sin embargo, y aunque en ocasiones me va a ser inevitable introducir algún que otro post un tanto personal, sigo teniendo la intención de retomar el Blog o más bien de retomar el mundo del Conocimiento del Derecho del Trabajo y la Función Pública. 

¡Cuánto me gustaría que fuesen la misma cosa!

Por cierto, el propósito será ( en honor a mis compañeros de trabajo),  traducir al lenguaje de a pie el enmarañado lenguaje jurídico que habitualmente utilizamos ( casi sin darnos cuenta) los que nos dedicamos a esto. . Dígase Otrosi Digo, por poner un ejemplo.  

Espero en breve poder ofrecer cosas interesantes desde el punto de vista profesional, y alguna que otra divertida desde el personal.

Hasta pronto