Buenos días
Partiendo de la base de que no se trata de que a partir de ahora los hombres puedan parir :-) , no quería dejar pasar la semana
sin traer al blog las novedades que parece que se avecinan en cuanto a la
prestación de maternidad y a la posibilidad de que esta sea disfrutada por el “padre”
(salvo las 6 semanas de descanso obligatorio para la madre).
No será necesario que la madre trabaje para
que el padre pueda disfrutar de 10 semanas de maternidad.
Me parece que fue allá por el
miércoles pasado día 4 de febrero de 2014 cuando se hizo público que el
Gobierno había aceptado una recomendación formulada por el Defensor del Pueblo (pág.. 497 y ss.) en relación a este
asunto.
Ello significaría que en breve se
habrían de adoptar las medidas
necesarias para que ese derecho se haga realidad. Me explico, será necesario
ajustar el permiso “por parto” del
49 a) del Estatuto Básico del Empleado Público ( y 26 del Decreto Valenciano
175/2006 aplicable tanto al personal al servicio de la Administración del
Consell como al personal al servicio de las Entidades Locales de los Municipios
de la Comunidad Valenciana) que tendrá que empezar a llamarse permiso por “nacimiento
de hijo “ sin confundir con el “permiso de nacimiento” que reconoce el Estatuto
de los Trabajadores para el Personal laboral y el permiso de paternidad que la Ley 7/2007, del Empleado
Público, reconoce a estos últimos....en fin, un pupurrí de normas.
Lo que va a suceder con la
maternidad es más o menos parecido a lo que ocurrió con la lactancia hace menos de un par de años.