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lunes, 26 de junio de 2017

Excedencia por cuidado de hijos. ¿Período único ?


Buenos días,

El otro día tuvimos ocasión de compartir en distintas redes sociales profesionales que conectan a  personal empleado público, el asunto de la  diferencia de regulación existente para el personal funcionario y personal laboral, dentro de la misma Administración,  en cuanto  al disfrute del derecho de excedencia voluntaria por cuidado de hijo/familiar.

Concretamente nos planteábamos si en el caso de personal funcionario podía ser reconocido el derecho a disfrutar de modo fraccionado una excedencia por cuidado de hijo o, si por el contrario, este  modo de disfrutar este derecho se halla reservado al personal laboral.  


Lo cierto es que el artículo 46.3  del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores establece que  “la excedencia contemplada en el presente apartado (…)cuyo periodo de duración podrá disfrutarse de forma fraccionada”.  No se recoge de este modo en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (ni en la normativa  autonómica valenciana de desarrollo de aquella). 

Voy observando (no sin cierta pena) que  la convivencia entre personal laboral y personal funcionario  en las administraciones públicas está causando algunos problemas de gestión y contratiempos que son de difícil solución si atendemos a las indicaciones que el legislador nos da, porque ya lo dijo el Tribunal Constitucional  en Sentencia 181/2012 de 15 Oct. 2012 (aunque en este caso era por referencia a las diferencias entre normativa autonómica y estatal) cuando vino a afirmar que si existían ciertas desigualdades es -poco menos - porque el legislador lo permite.

jueves, 15 de junio de 2017

Carta a Iván Botella , mi becario especial de Relaciones Laborales


Hola Iván

No podía dejar pasar el día de hoy sin dedicar unos minutos a hacer una breve reflexión.
 Sí @ivanbotpe sí,..... yo también reflexiono :-)) y,  aunque la temática de este Blog suele tener otros derroteros, en esta ocasión me salto la regla y con mucho gusto para mostrarte públicamente mi agradecimiento.

Infinitamente agradecida estaré siempre por haberme dado la oportunidad de vivir una experiencia totalmente gratificante.  Tus pequeñas limitaciones ( porque aunque parecen grandes son muy pequeñas) no han impedido que demuestres, como Becario,  todo lo que puedes hacer y aportar a este mundillo del empleo público y los recursos humanos en nuestra Administración Local.

Tus ganas de aprender y de luchar me han abierto un poco más los ojos ( y no solo a mí)  y me han ayudado a confirmar que es cierto eso de que..... hace más el que  quiere que el que puede  y que la inclusión de las personas con diversidad funcional o con discapacidad o como quiera que os llamemos el resto....( como tú dices con mucho humor   :-)))) ) es algo que depende de cada uno de nosotros.

Hace un par de días leí algo que me gustó mucho, decía algo así como que habremos logrado la verdadera inclusión cuando ya no hablemos de inclusión sino de convivencia. Pues eso....vamos a ello, cada uno en la medida de nuestras posibilidades. 

Siento (bueno no, así tengo derecho a réplica)  que te me hayas adelantado en tu Blog  El Cajón de sastre de la mente  :-))  . En cualquier caso,  como ya te dije, un lujo haber podido aprender con tu ejemplo.  

Te deseo lo mejor.

Tu todavía Tutora  (Recuerda...nos vemos por Google Drive ;.-) )