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lunes, 28 de enero de 2019

Jornada laboral empleados públicos y servicios extraordinarios durante libranza.



En relación a la Jornada y horario del personal de funcionario de la Administración local, me parece interesante el Dictamen 785/2018 Expediente376/2018 del Pleno del Consell Jurídic Consultiu de la Comunitat Valenciana, en sesión celebrada el día 5 de diciembre de 2018.

A propósito de una interesante cuestión como es la legalidad de realización de servicios extraordinarios durante periodos de libranza por funcionarios de policía local que prestan servicios conforme a regímenes o sistemas acumulativos (7x7 8x6), el Pleno se pronuncia en la consideración sexta apoyando la vigencia del artículo 94 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen local afirmando que “la jornada mínima es de treinta y siete horas y media para todos los empleados, independientemente de la administración a la que pertenezcan

En cuanto al tema principal planteado, los servicios extraordinarios en período de libranza, el Consell con argumentos, a mi juicio razonables, viene a apoyar la posibilidad de llevar a cabo los mismos y de que estos sean retribuidos conforme recogiendo que “La forma de determinar la cuantía económica de dichas gratificaciones por servicios extraordinarios fuera de la jornada habitual, tal y como indica el citado artículo 6 del Real Decreto 861/1986, de 25 de abril, corresponde al Pleno, mediante la fijación del crédito global para estas gratificaciones, así como los criterios para la determinación concreta de su cuantía por parte del Alcalde.

Para quien quiera acceder directamente a la consideración sexta, puede seguir leyendo y la encontrará transcrita más abajo

domingo, 6 de enero de 2019

Jubilación anticipada Policía Local y su incidencia en la Comunidad Valenciana

Por cierto, el  15 de diciembre se publicó en el BOE  el Real Decreto 1449/2018, de 14 de diciembre, por el que se establece el coeficiente reductor de la edad de jubilación en favor de los policías locales al servicio de las entidades que integran la Administración local.
Lo puedes consultar en este enlace  bit.ly/2S4SmnS
Por si no era bastante complicado con la Ley 17/2017, de 13 de diciembre, de la Generalitat, de coordinación de policías locales de la Comunitat Valenciana.
Ánimo y a seguir 

Paternidad, prolongación en servicio activo en la Comunidad Valenciana tras Ley 27/2018, Medidas fiscales



La LEY 27/2018, de 27 de diciembre, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera y de organización de la Generalitat , bajo el título de  “Modificaciones legislativas en materias competencia de la Conselleria de Justicia, Administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades Públicas “ ha introducido algunas novedades en relación a las uniones de hecho y a la función pública (estas en la sección segunda)


También la disposición transitoria primera, bajo el título de “ Régimen aplicable a las solicitudes de prolongación de la permanencia en el servicio activo en trámite”  aporta novedades.


En mi opinión, atentos al tema de la paternidad y las solicitudes de prolongación en servicio activo.
Si queréis profundizar algo más