El Boletín de noticias Red de 30 de marzo de 2020, recoge
entre otras cuestiones, las actuaciones en el ámbito de la gestión de
la Incapacidad temporal, suspensión de la emisión de resoluciones de
prórroga de la IT al cumplimento de los 365 días, en su página 6.
Como consecuencia de esta
inclusión expresa (respecto de las situaciones al cumplimiento de los
365), se ha suscitado la duda respecto a las actuaciones en
situaciones al cumplimiento de los 545 días.
Desde el Departamento de
Personal de la Administración en la que trabajo, se ha remitido consulta al
buzón de la TGSS de la administración de Alicante que, según me comentan, ha
respondido brevemente por mail que, en tales casos (cumplimiento de 545 días)
"permanece la obligación de darles de baja en S.S. a estos
empleados.",
A falta de alguna otra
indicación que pudiera llegar por cauces más formales que el buzón de
consultas, este es el criterio que por ahora manejamos y al que se ha de
atender, tanto en empresas públicas como en privadas. Si
puedo tener acceso al mail, lo incorporaré en esta entrada.
Gracias por la gestión que han
realizado los responsables de Personal y sección encargada de incapacidades de Diputación
de Alicante por mantenernos informados y compartir la información tan
necesaria en estos momentos antes todas las dudas que van surgiendo.
Seguimos
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