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lunes, 2 de febrero de 2015

Personal integrado antigua MUNPAL. Cotizaciones


Buenos días,
Para quienes están inmersos en el la ardua tarea de averiguar qué pasa con el Personal Integrado de la extinta MUNPAL, por aquí os dejo novedades en cuanto a las cotizaciones.
 
 
 I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL847
(...)
Sección 5.ª Coeficientes reductores de la cotización aplicables a las empresas excluidas de alguna contingencia y a las empresas colaboradoras
 
Artículo 19. Coeficientes aplicables a las empresas excluidas de alguna contingencia.
               Desde el 1 de enero de 2015, los coeficientes reductores que han de aplicarse a las cuotas devengadas por las empresas excluidas de alguna contingencia serán los siguientes:
a) En las empresas excluidas de la contingencia de incapacidad temporal derivada de enfermedad común o accidente no laboral, se aplicará el coeficiente 0,045, correspondiendo el 0,038 a la cuota empresarial, y el 0,007 a la cuota del trabajador.
b) En los supuestos a que se refiere el segundo inciso del primer párrafo del apartado 2 de la disposición transitoria quinta del Real Decreto 480/1993, de 2 de abril, por el que se integra en el Régimen General de la Seguridad Social el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Funcionarios de la Administración Local, se aplicará el coeficiente 0,025, correspondiendo el 0,021 a la cuota empresarial y el 0,004 a la cuota a cargo del trabajador.
  

Aquí os dejo el segundo inciso del primer párrafo del apartado 2
 

“No obstante lo anterior, las Corporaciones Locales, instituciones o entidades a que se hace mención anteriormente, podrán continuar prestando la asistencia sanitaria con la modalidad que tuvieran en la fecha de la integración siempre que, antes del 30 de abril de 1993, previa consulta a las Organizaciones Sindicales más representativas, y por acuerdo expreso del Pleno de las mismas u órgano de representación similar, así lo decidan”
 

Saludos

 

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