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jueves, 15 de noviembre de 2018

Ley 39/2015 y el maravilloso mundo de la Administración Electrónica




Sí, lo reconozco. Hasta ahora, la he ido estudiando por artículos sueltos, dispersos y relacionados con cuestiones muy diversas, pero es que el tiempo apremia y al final en nuestro día a día vamos dedicando ese valioso tiempo a aquello que nos parece lo necesario; y, claro está, si tienes entre manos, por poner un ejemplo,   un recurso frente  un acto administrativo por falta de motivación, uno se va directo al índice a ver dónde demonios está el tan conocido artículo 54 de la Ley 30/-  que ya es historia-  y a él se dedica , sin pensar que quizá los artículos anteriores, le pueden ofrecer muchas herramientas para meter mano al asunto; independientemente que uno quiera poner el recurso o sea el que deba resolverlo.

El caso es que al final me he decidido y voy a intentar entender la norma en su conjunto y si soy capaz de ello, también iré incluyendo en el Blog, alguno de los entresijos que voy descubriendo en relación a esta norma, con la ayuda de gente buena 😊  

No está bien compartir solo dudas. También hay que compartir las soluciones. Ayer sin ir más lejos pedí ayuda a la gente que anda por Twitter y compartí unas dudas y reflexiones sobre arts. 26 y 27 y es justo que diga que gracias a @eumrz y a @diegogomabogado  pude dormir más tranquila  😊))


Por cierto, el tema de los documentos judiciales electrónicos y sus relaciones con registros y escrituras públicas me parece también  interesantísimo.

Pues eso, que si os apetece, quizá podríamos utilizar la misma etiqueta ( hastag) para echarnos un cable ¿Qué os parece l#MisDudasElectronicas #DudasLey392015 ?

No me entretengo  más que me espera nueva aventura 😊

Hasta otra

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