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lunes, 1 de julio de 2019

¿Es posible realmente reducir una hora mi jornada laboral sin ver reducido mi sueldo?


¿Es posibe reducir una hora mi jornada laboral sin ver reducido mi sueldo?

Esto es lo que se preguntan muchas pesronas que prestan servicios en las Administraciones Públicas de los Ayuntamientos de la Comunidad Valenciana. 


Según el artículo 7 del citado Decreto, y bajo el título de reducciones de jornada,   " 4. Se podrá solicitar reducción de jornada de una hora diaria sin disminución de retribuciones por las causas siguientes: a) Por las causas previstas en los apartados a) b) y c) del número 1[1]

No obstante, en el caso de guarda legal de niñas o niños de 12 años o menores, se podrá conceder únicamente cuando concurra alguno de los siguientes supuestos: 1.º Que el menor requiera especial dedicación 2.º Que la niña o niño tenga 3 años o menos 3.º Que tenga a su cargo dos o más niñas o niños de 12 años o menores 4.º Que se trate de familia monoparental"



Sabemos que para el personal empleado público de la Genealitat Valenciana no hay duda de esta posibilidad - sin entrar en valoraciones acerca de si nos parece más o menos  oportuna la medida-. Sin embargo, para el personal empleado público de Administración local (tanto personal funcionario como laboral) la cuestión no es tan clara si tenemos en cuenta que existen dos artículos que, en principio, nos impiden aplicar el citado artículo 7, entre otros, del Decreto valenciano. 
Me refiero al artículo 94 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y del artículo 142 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local. 

La Generalitat Valenciana ha emitido Informe admitiendo la aplicación de este artículo al personal de la Administración local, y desde la Administración Púbica donde desempeño mi puesto hemos elevado consulta a la Dirección General de Administración Local dependiente del Ministerio de Política Territorial y Función Pública.

Quiero dejar claro para concluir que soy firme defensora de la conciliación y de la flexibilidad en el cumplimiento de la jornada laboral, pero me cuesta entender que podamos trabajar una hora menos y cobrar la misma retribución a no ser que fuéramos capaces de trabajar por objetivos, cosa que en las Administraciones Públicas y concretamente en la local, todavía no hemos conseguido, aunque personalmente no pierdo la esperanza. 

De todos modos, sigo insistiendo en la necesidad de que el legislador estatal y autonómico se tomen un café alguna vez juntos y consigan llegar a determinados acuerdos que nos permitan realizar nuestra labor como Gestores de personas y recursos humanos con cierta seguridad jurídica. 
Si toca, toca y si no toca, no toca......La pena es que cada vez es más complicado que sepamos cuándo toca y cuándo no toca (hablo por mí.)

Si alguien quiere profundizar un poco más, puede leer la entrada que publique en enero acerca de la Jornada laboral 

Gracias por seguir ahí....





[1] a) Por razones de guarda legal, cuando el personal tenga a su cargo algún niño o niña de 12 años o menor, persona mayor que requiera especial dedicación, o persona con un grado de discapacidad física, psíquica o sensorial igual o superior al 33 % que no desempeñe actividad retribuida que supere el salario mínimo interprofesional. b) Por tener a su cargo al cónyuge o pareja de hecho o un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad que requiera especial dedicación. c) Personal que por tener reconocido un grado de discapacidad o por razón de larga o crónica enfermedad no pueda realizar su jornada laboral completa, extremo que deberá acreditarse inicialmente por la Unidad de Valoración Médica de Incapacidades y, en aquellos casos en que sea revisable, ratificarse de forma anual por dicha Unidad.

2 comentarios:

  1. Hola Fini, sabes donde encontrar el informe de la Generalitat? No consigo localizarlo. Gracias.

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  2. Estoy tan poco acostumbrada a recibir comentarios por el blog que acabo de ver el tuyo propio. Si todavía te interesa, dímelo y te lo hago llegar. Saludos y disculpa de corazón la falta de respuesta.

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