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miércoles, 8 de julio de 2020

Nueva sentencia en cuanto a la reducción de jornada sin merma retributiva. Decreto Valenciano 42/2019


La semana pasada llegó a mis manos una interesante  sentencia- que tenéis más abajo enlazada-  en relación a la reducción de jornada sin merma de retribuciones  a que hace referencia el Decreto  Valenciano 42/2019 , de 22 de marzo, del Consell, de regulación de las condiciones de trabajo del personal funcionario de la Administración de la Generalitat, en su artículo 7.4  del siguiente modo:

Se podrá solicitar reducción de jornada de una hora diaria sin disminución de retribuciones por las causas siguientes: a) Por las causas previstas en los apartados a) b) y c) del número 1.
No obstante, en el caso de guarda legal de niñas o niños de 12 años o menores, se podrá conceder únicamente cuando concurra alguno de los siguientes supuestos:
1.º Que el menor requiera especial dedicación
2.º Que la niña o niño tenga 3 años o menos
3.º Que tenga a su cargo dos o más niñas o niños de 12 años o menores
4.º Que se trate de familia monoparental”
Desde que comenzaron a surgir las primeras dudas respecto a la aplicación o no de este derecho al personal de la Administración local valenciana, me he planteado este tema como podéis consultar en estas dos entradas.


También en RRSS he intercambiado opiniones en términos estrictamente jurídicos, a pesar de que alguna persona lo haya llevado al terreno personal. Sin embargo, no me preocupa esto último, sino más bien, que la confusión se generalice y al final acabemos en los Departamentos de Personal y RRHH, adoptando una decisión y la contraria, porque la dispersión normativa junto al tambaleo del principio de jerarquía normativa- estatal y autonómica- está contribuyendo a esta confusión.


No obstante, leyendo la Sentencia del Juzgado de lo Contencioso 3 de Alicante, que podéis consultar aquí, no pierdo la esperanza en que pronto se zanje definitivamente el debate, eso sí, hasta nueva modificación normativa que nos llevará de nuevo, sin duda, a replantearnos lo que en su momento quedó claro, al igual que ha ocurrido con este asunto.  Pues efectivamente, la  publicación del Decreto 42/2019 y consiguiente derogación del anterior (el Decreto 175/2006, de 24 de noviembre, del Consell, por el que se regulan las condiciones de trabajo del personal al servicio de la administración del Consell) fue el origen de las nuevas reivindicaciones.
Ya son dos sentencias en contra de la aplicación,  a la Administración local valenciana, de esta reducción de jornada sin merma de retribución.
Cierto que también existe una sentencia a favor (del Juzgado de lo contencioso núm. 2 de Alicante), cuyos argumentos no puedo compartir pero tampoco rebatir,  no porque yo no tenga los míos propios,  sino más bien porque no acierto a saber con claridad cuáles son los que han servido de base al Juzgador en este caso.
Seguimos

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